Desde hoy 1
de abril y hasta el 15 de mayo de 2012, las empresas que
hayan reducido su siniestralidad laboral, comparada con la de su
sector de actividad, pueden presentar la solicitud del “Bonus
2011”. Pueden calcular los valores límite de los
índices de siniestralidad general y extrema necesarios para el
cálculo del incentivo correspondiente a la campaña 2011
en la Orden
ESS/184/2012, de 2 de febrero, por la que se desarrollan las normas
legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo,
protección por cese de actividad, Fondo de Garantía
Salarial y formación profesional para el ejercicio 2012.
El BONUS
es un incentivo consistente en reducciones de las cotizaciones por
contingecias profesionales a las empresas que se distingan por su
contribución eficaz y contrastable a la reducción de la
siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones
efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de
las enfermedades profesionales.
Por su parte, el
Real
Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el
establecimiento de un sistema de reducción a las cotizaciones
por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido
especialmente a la disminución y prevención de la
siniestralidad laboral, es el que establece los requerimientos y
la forma de solicitar dicha reducción.