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24/1/14

Norma UNE 192005: 2014 para la inspección reglamentaria de seguridad contra incendios en industria

Se ha publicado la nueva norma UNE 192005:2014 Procedimiento para la inspección reglamentaria. Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

Esta norma era muy necesaria y demandada en el sector de seguridad contra incendios, tanto por fabricantes como por instaladores y mantenedores, dado que el Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI) exige la inspección periódica a las industrias dependiendo de su riesgo intrínseco. Así, esta norma ayudará a las labores de inspección para los Organismos de Control Autorizados (OCA), y en este sentido, durante su elaboración, se ha tenido en cuenta en todo momento para que sea una herramienta eficaz de trabajo para estos organismos.

La importancia de esta norma radica en que redundará en la eficacia y fiabilidad de los sistemas de SCI que se instalen en los establecimientos industriales. Por ello es deseable y muy conveniente que el Ministerio de Industria la publique y exija su aplicación en el marco del RD. 2267/04, Capítulo III, Articulo 6 y 7, a la mayor brevedad posible

La nueva norma detalla la metodología que debe seguir la inspección para la seguridad industrial y establece el proceso de actuación, la documentación previa necesaria, la secuencia de operaciones, antes y durante, la caracterización de los defectos (leves, graves y muy graves). Este apartado es muy importante porque se definen perfectamente los defectos en función de parámetros como evacuación de las personas; sobre el control de la temperatura y el control de humos; sistemas manuales de alarma de incendios, sistemas automáticos de detección y sistemas de comunicación y alarma; etc.

La norma establece también la documentación final tras la inspección, como son el acta y el informe de inspección periódica. El qué y cómo se ha de inspeccionar se establece en los anexos A (comprobación de configuración y ubicación), B (comprobación del nivel de riesgo intrínseco), C (protección activa), D (protección pasiva). El anexo F establece la formalización de la actuación inspectora.