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13/10/15

Distintivo "IGUALDAD EN LA EMPRESA":Se modifican los requisitos

En el BOE de 13/10/2015 se ha publicado el Real Decreto 850/2015, de 28 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo "Igualdad en la Empresa".

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, dispuso en su artículo 50, la creación de un distintivo empresarial en materia de igualdad para reconocer a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadoras y trabajadores. El Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», estableció su denominación, el procedimiento y las condiciones de su concesión, los efectos y facultades derivados de su obtención así como los procedimientos de control y de retirada del distintivo.

Con la aprobación de este real decreto se modifican algunas disposiciones para, por una parte adecuar determinados requisitos de participación en las convocatorias a la legislación vigente y, por otra, ajustar los criterios de evaluación para la obtención de esta distinción con el objeto de incorporar o reforzar determinados aspectos para impulsar la igualdad efectiva de mujeres y hombres que no habían sido incorporados a la norma reguladora. La experiencia acumulada en las diferentes convocatorias anuales del procedimiento de concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» aconseja también reformar algunos aspectos del procedimiento, para introducir un régimen de seguimiento, control y renovación a las entidades distinguidas más ágil y eficaz.