Translate

10/4/15

Procedimiento de elaboración de los Planes de inspección industrial en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Aragón

El Plan de inspección es el conjunto de inspecciones programadas en un periodo de tiempo al objeto de verificar el cumplimiento de requisitos legales y técnicos de los establecimientos, instalaciones o agentes con arreglo a unos protocolos de inspección. El objeto de estos planes es comprobar la adecuación de los establecimientos, las instalaciones y los agentes que actúen sobre las mismas, a los requisitos legales y técnicos previstos en la normativa aplicable en materia de seguridad industrial.

Mediante la orden de 13 de marzo de 2015, publicada en Boletín Oficial de Aragón del pasado día 31 de marzo se regula el procedimiento de elaboración de los Planes de inspección industrial en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de elaboración y ejecución de los planes de inspección industrial en materia de seguridad industrial, al amparo de lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón. Ello sin perjuicio de cualquier otra actividad de verificación en materia de seguridad industrial, que por parte del Departamento competente en materia de industria y dentro de sus competencias, se considere oportuno realizar, inspecciones ordinarias, extraordinarias o campañas específicas.

Vigencia

Los planes de inspección en materia de seguridad industrial tendrán una duración máxima de dos años. Transcurrido dicho plazo, se deberá aprobar un nuevo plan de inspección industrial o prorrogar el existente tras un procedimiento de revisión de las actuaciones realizadas y de las conclusiones extraídas de la ejecución del plan, así como de las inspecciones que puedan haber sido realizadas al margen del mismo y cuyo resultado se considere relevante.

Estructura de los planes de inspección industrial

Los planes de inspección industrial se estructuran en programas específicos de inspección definidos por su alcance y contenido.

El programa específico establece el tipo de actuación a realizar, en base a los reglamentos de aplicación, al objeto de comprobar el cumplimiento reglamentario de dicha actuación.

En cada programa específico se relaciona: a) Ámbito reglamentario. Los ámbitos reglamentarios se refieren a los tipos de instalaciones o agentes en función de su naturaleza o reglamento técnico. b) Protocolo de inspección. El protocolo de inspección es el procedimiento por el que se ejecuta un determinado programa específico en un ámbito reglamentario aplicado a un establecimiento, una instalación o un agente concreto, según corresponda. Los protocolos de inspección contendrán al menos: 1. Objeto. 2. Tipo de comprobación documental, inspección, ensayo etc. 3. Aspectos a comprobar. 4. Medios técnicos a utilizar. 5. Resultado de la inspección.

Los planes de inspección industrial estarán siempre orientados a la medición de la evolución y la mejora continua de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones o los agentes del sistema.

La metodología a seguir constará de las siguientes actuaciones:

1.- Comprobación documental, consistente en un análisis, con el grado de profundidad que se establezca en los protocolos de inspección, del expediente de autorización, declaración responsable o de puesta en servicio administrativa, salvo que no se disponga del expediente.

2.- Inspección técnica, consistente en la comprobación de la adecuación de los establecimientos, las instalaciones o los agentes seleccionados, a las condiciones técnicas exigibles reglamentariamente, conforme con lo dispuesto en los protocolos de inspección.

3.- Informe de inspección, consistente en un único informe, en el que habrá de indicarse el nivel de cumplimiento de las exigencias reglamentarias en cada caso y los defectos encontrados, la valoración de la gravedad de los incumplimientos, así como una valoración del estado general de conservación de la instalación y de la situación general de la seguridad.