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27/11/13

Procedimiento para la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales

El Boletín Oficial del Estado del pasado 22 de noviembre, publicaba la Resolución de 8 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de los acuerdos sobre el procedimiento para la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales, así como sobre el Reglamento de condiciones para el mantenimiento de la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo con lo establecido en el V Convenio colectivo del sector de la construcción.


 
En esta resolución se contiene:
1.- El procedimiento para la homologación de actividades formativas en materia de  prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo establecido en el vigente Convenio General del Sector de la Construcción.
 
2. El reglamento de condiciones para el mantenimiento de la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo establecido en el vigente Convenio General del Sector de la Construcción.
 
La resolución confirma que las entidades formativas deben ser Servicios de Prevención Ajenos o Servicios de Prevención Propios (para los trabajadores de la empresa) o Mancomunados (para trabajadores de empresas integrantes del Servicio de Prevención Mancomunado).