Se entiende por factores de riesgo psicosocial aquellas características que se refieren a la organización del trabajo y los referidos a las exigencias de la tarea. Los factores principales relacionados con la organización del trabajo son entre otros, el horario de trabajo, el ritmo de trabajo, la automatización de la producción, las relaciones de comunicación y las relaciones personales, el estilo de mando, el contenido del trabajo, la posibilidad de promoción, la identificación con la tarea, la capacidad de iniciativa y la estabilidad en el empleo, por lo que su prevención, detección y tratamiento en el ámbito laboral no resulta tarea fácil.
El denominado estrés laboral y el “síndrome de quemarse por el trabajo” son dos de las manifestaciones de daño para la salud más frecuentes asociadas a la exposición a estos factores de riesgo de tipo psicosocial, como resultado de una relación de desajuste entre las exigencias o demandas derivadas del trabajo y la capacidad de los trabajadores de dar respuesta a tales demandas en un determinado ambiente laboral.
Las posibles consecuencias sobre la salud, tanto desde el punto de vista perceptual (esto es el bienestar físico, mental y social), como desde el punto de vista funcional (capacidad óptima para el cumplimiento eficaz de las tareas para las que se ha preparado) y adaptativo (adaptación acertada y permanente a su entorno) por la exposición a factores de riesgo psicosocial se pueden agrupar básicamente en alteraciones fisiológicas, emocionales, cognitivas y del comportamiento y con las siguientes manifestaciones:
- Problemas físicos: trastornos gastrointestinales, cardiovasculares, respiratorios, endocrinos, musculares, dermatológicos, inmunológicos, sexuales y otros.
- Problemas psicológicos: alteraciones del sistema nervioso, trastornos del sueño, depresión, ansiedad, trastornos afectivos, trastornos de la personalidad, trastornos alimenticios, drogodependencias...
- Consecuencias laborales: bajas, absentismo, incapacidades laborales (incluso discapacidades permanentes), además de un incremento en el número de accidentes por las dificultades añadidas de mantener la concentración necesaria.
La prevención, detección y tratamiento de los problemas de salud mental en el ámbito laboral no es tarea sencilla debido a su carácter multidimensional, interviniendo factores personales, organizacionales y socioculturales. El abordaje de estos aspectos requiere tanto una perspectiva multidisciplinar, con aportaciones tanto desde la medicina del trabajo como de la psicosociología.
Ante esta situación el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales (OSALAN ha publicado la “Guía de recomendaciones para la vigilancia específica de la salud de trabajadores expuestos a factores de riesgo psicosocial” con el objetivo general de establecer criterios y recomendaciones para la vigilancia de la salud de los trabajadores, para la detección precoz del daño producido por esos factores, como instrumento para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo y al mismo tiempo servir como medio para mejorar la sensibilización de las empresas en esta materia que propicie una mayor identificación y evaluación de dichos factores, y como consecuencia, la puesta en marcha de todas aquellas medidas necesarias para su prevención.
Inicialmente este protocolo es aplicable a aquellos trabajadores en los que la evaluación de riesgos realizada en su empresa ponga de manifiesto que están expuestos a Factores de Riesgo Psicosocial.
Así mismo, es susceptible de usarse en toda la población laboral que se sospeche pueda estar expuesta a factores de riesgo psicosocial.
Podrá igualmente emplearse, en aquellas empresas o instituciones, departamentos o puestos de trabajo en donde existan indicadores de daño superiores a la morbilidad esperada para esa población o en comparación con poblaciones similares, y de forma especial en patologías cardiovasculares, mentales, u otros problemas de salud de los trabajadores para los que no se encuentre explicación plausible en cuanto a su origen por otros factores y estén descritos como posibles daños a la salud de origen laboral.
De igual manera, se valorará su aplicación en actividades o sectores industriales en donde existan condiciones de la organización del trabajo con elevadas demandas, bajo control, cambios organizacionales, etc.
De igual forma es de aplicación a aquellos puestos de trabajo o sectores donde exista una elevada carga psicofísica y/o emocional, como los trabajos con atención directa a personas.
También se aplicará expresamente a aquellos trabajadores expuestos a trabajo a turnos y/o nocturnidad.
Finalmente, será de aplicación a trabajadores especialmente sensibles a la exposición a factores de riesgo psicosocial, incluyendo particularmente aquellos que han tenido una ausencia prolongada por alteraciones en su salud mental u otras patologías que puedan estar relacionadas con factores de riesgo psicosocial o que puedan verse agravadas por los mismos.